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ROSARIO
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domingo, 3 de noviembre de 2013

COMUNICADO DE APDH SAN LUIS 

EXIGIMOS  JUICIO ORAL Y PÚBLICO
SIN PRIVILEGIO
 
 
Faltando solo horas para dar comienzo al II Juicio por delitos de LESA HUMANIDAD la APDH ,  ve con preocupación y exige al TOF que las audiencia sean PUBLICA, esto es que todo ciudadano tenga la posibilidad de asistir a las audiencia tal lo prevé el Código de Procedimientos.
La APDH considera que se han cercenado estos derechos a partir de las limitaciones impuestos por el Tribunal tales como: a) para poder ingresar a la Sala de Audiencia donde sólo hay previsto 10 asientos para familiares de las victimas, organizaciones, estudiantes avanzados, y publico en general, deberán acreditarse en la Secretaria del Tribunal hasta el 1º de noviembre del corriente año, ésta solicitud será visada y autorizada por el tribunal”.- Nos preguntamos cuales serán los criterios que tomará este Tribunal para determinar la admisión?, Nos preguntamos también aquellas personas que hoy por alguna razón no están en la provincia o él país, perdieron la oportunidad de estar presenciando alguna audiencia?    
En otro párrafo dice”… el ingreso, se permitirá hasta colmar la capacidad en la Sala de Audiencia ( solo 10 lugar), no permitiendo la permanencia de personas que no tengan lugar previamente asignado por personal establecido a tal fin”  Quien o quienes determinaran cuales serán las personas “elegidas” cuáles serán los requisitos para ser elegidos?? .
A cuarenta y ocho horas de dar comienzo a este II Juicio nuestra institución aún no tiene respuestas a estos interrogantes.-  Si tiene claro que no será un juicio ORAL y PÚBLICO, y si se han dispuestos PRIVILEGIOS  para algunos responsables de los crímenes que hoy se juzgan. Esto es, se permite la no asistencia a las audiencias y hacerlo por video conferencia a entre otro Carlos Esteban Pla, uno de los principales responsables de la muerte, desaparición y tortura, en el período de la última dictadura militar,  quien por alguno de los crímenes cometidos hoy,  cumple condena perpetua en la Cárcel de Marcos Paz, su defensor solicitó y el tribunal le concedió la posibilidad de no asistencia física a las audiencias basada esta decisión en las manifestaciones de su defensor quien manifiesta que al penado le ocasionaría diversos y graves perjuicios personales, tales alejarse de su familia,  perder la estabilidad lograda en su estadía en el penal en lo relativa a su pabellón y celda, y continua la petición, finalmente solicita que de no accederse  se “resguardo de celda”.  
San Luis, 2/11/2013

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