Buenos Aires, junio de 2013
Al Sr. Ministro de Educación de la Nación
Dr. Alberto Sileoni
S / D
Ref.: Petición sobre derechos humanos y
educación
La Asociación Civil
Asamblea Permanente por los Derechos Humanos (A.P.D.H) tiene el agrado de
dirigirse a Ud. para expresar su preocupación por el hecho de que en varias
provincias de la
República Argentina las instituciones educativas públicas de
gestión estatal celebran actos escolares fundados en presupuestos doctrinarios
religiosos exhibiendo símbolos e
imágenes que son patrimonio de un sector de la sociedad. Al respecto, queremos compartir algunas
consideraciones que enmarcan el asunto en la órbita de la vigencia de los
derechos humanos para sustentar al final de esta nota la petición que le
presentamos.
I.
Los actos escolares así como las mencionadas imágenes son
inteligibles y venerables para la
población que profesa la religión Católica Apostólica Romana. Ese sistema de
creencias difiere de otros en materia de ideas y dogmas así como establecen
preceptos que, en orden a cuestiones
referidas a la moral, son opinables . Se hace necesario recordar que las
personas que sostienen otras convicciones, religiosas o éticas, son dignas de
tutela jurídica, y en estas circunstancias tal consideración se ve menoscabada.
II.
Se violenta así el principio de
igualdad ante la ley que la Constitución Nacional asegura para todos los
habitantes, toda vez que este tipo de actos escolares canaliza el sentir de las
creencias íntimas de algunos, mientras que los demás se ven compelidos a tributar respeto a ideas
y símbolos que, por no ser necesarios a
la calidad de ciudadanos, no pueden ser considerados como universales.
III.
Las conmemoraciones religiosas
resultan ser en estas circunstancias una violación al derecho a no ser
discriminados por razones de religión, opinión política, filosófica o de
cualquier otra índole. Este derecho está tutelado para todos los habitantes de
la república, sin distingo de sus convicciones, por los tratados
internacionales de derechos humanos con jerarquía constitucional reconocidos en
el artículo 75, inciso 22 de nuestra Carta Magna, y particularmente por la Convención sobre los
Derechos del Niño en especial por su artículo segundo.
IV.
El camino para el desarrollo de
la convivencia ciudadana sustentada en los principios de los derechos humanos debe
realizarse mediante una educación que defienda el derecho a la libertad de conciencia. En este
sentido resulta un auspicioso antecedente que la Provincia de Buenos
Aires haya puesto en vigencia el Decreto N° 2299/11 que en su artículo 193
prohíbe expresamente todo tipo de simbología religiosa o política en las
escuelas públicas.
V.
La pluralidad, el respeto y
la legalidad son hoy las
premisas que marcan el comportamiento de una sociedad como la nuestra. En la pluralidad construimos consensos y
definimos disensos. En el respeto conviven grupos con diversas manifestaciones
de pensamiento. En la legalidad le
damos cauce a los acuerdos sociales y perfeccionamos nuestro régimen de
derecho.
VI.
La
Ley 1420, uno de los hitos más
importantes de la educación argentina, tiene como uno de sus pilares el establecimiento de la laicidad como símbolo
de respeto a la diversidad y la libertad de todos y cada uno de los habitantes
de nuestro país
Peticionamos por lo tanto al Señor Ministro de Educación de la Nación, y por su intermedio
al Consejo Federal de Educación, a establecer acuerdos federales vinculantes
para que en cada jurisdicción se dispongan normativas y acciones necesarias
para promover los valores de la igualdad que surgen del respeto a creyentes y
no creyentes, la no injerencia del
estado sobre sus habitantes en materia de doctrinas reservadas a las libertad
de conciencia de las personas en general y a los niños/as y adolescentes en particular.
Por la Mesa Directiva de la A.P.D.H.,
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