DELEGACION
MAR DEL PLATA. 25 DE MAYO 2865. TE 4514544
DESDE
APDH-MAR DEL PLATA EN NUESTRO CARÁCTER DE QUERELLANTES EN EL JUICIO DE
RESPONSABILIDAD Y EN LA CAUSA PENAL QUE SE LE SIGUE AL DR. PEDRO FEDERICO
CORNELIO HOOFT TRANSCRIBIMOS A CONTINUACIÓN EL COMUNICADO EMITIDO POR EL
MINISTERIO PÚBLICO FISCAL EN RELACIÓN CON LA CAUSA PENAL EN TRÁMITE.
NATALIA
MESSINEO
JUAN CARLOS WLASIC
PRESIDENTE
SECRETARIO
Frente a recientes publicaciones
realizadas por diferentes medios de prensa en relación con el denominado
“caso Hooft”, el Fiscal General subrogante Pablo Esteban Larriera,
que interviene en la causa, y la Secretaria de la Unidad de Coordinación y
Seguimiento de las Causas por violaciones a los Derechos Humanos cometidas
durante el terrorismo de estado, Romina Trinidad Cavallo, ofrecen la siguiente
información que surge del propio proceso:
El suspendido juez correccional de Mar del
Plata, Pedro Cornelio Federico Hooft, imputado por su
participación en crímenes de lesa humanidad, acusa de constituir una asociación
ilícita a los fiscales y jueces de la democracia que deben investigarlo por su
actuación como juez de la dictadura; es decir, Hooft
impone a sus acusadores cargos criminales cuando es él quien debe responder por
las imputaciones que se le formulan.
La declaración indagatoria es el acto de
defensa por antonomasia, pero Hooft se rehúsa a
asistir, actitud que resulta cuanto menos paradójica, al tratarse de un juez
que incumple reiteradamente las citaciones de otro juez. El imputado ha pedido
la nulidad de su citación a prestar declaración, recusó al juez ahora actuante
y finalmente, luego de presentar una supuesta grabación subrepticia al fiscal
de la causa que pidió su indagatoria, denunció penalmente el pasado 15/04/2013
a la totalidad de los fiscales, al juez y al abogado querellante César Sivo por asociación ilícita, un día antes del último
llamado a indagatoria.
El juez Martín Bava
citó a Hooft a indagatoria tres veces entre julio de
2012 y abril de este año, pero el imputado nunca concurrió amparado por sus
fueros de magistrado. Antes de que ello ocurriera seis jueces federales de la
jurisdicción se excusaron de intervenir en el expediente. El primer pedido de
la fiscalía para que se lo cite en calidad de imputado es del 1° de noviembre
de 2011.
Además debe decirse que, después del último
llamado a indagatoria que estaba previsto para el 16 de abril de 2013, el
Tribunal Oral Federal de La Plata, que juzgó en Mar del Plata los crímenes en
la causa Base Naval II, ordenó investigar el accionar de Hooft
durante la última dictadura militar, lo cual confirma una vez más las firmes
sospechas que fundan el llamado a declaración indagatoria que impulsa la
fiscalía. Esta orden de investigar a Hooft se dictó
luego de un juicio oral diferente llevado a cabo por jueces de la ciudad de La
Plata, en forma completamente independiente de la causa que tramita en Mar del
Plata.
Luego de las reiteradas ausencias de Hooft a los llamados a indagatoria, el juez Bava fijó ahora una nueva audiencia para recibirle
declaración al imputado el próximo 4 de junio, orden que está vigente.
Si bien Hooft se
encuentra suspendido desde el 5 de marzo pasado, Bava
considera que no ha perdido los fueros, dado que el jury
no ha llegado a su fin, y por esa razón no ordena su detención para que
comparezca a declarar y sólo le cursa citaciones.
La Unidad Fiscal marplatense solicitó en marzo
pasado al juez que dictara la prohibición de Hooft de
salir del país y luego requirió que “se arbitren los medios para su
comparecencia”, pero Bava rechazó esos pedidos,
que fueron apelados y se encuentran a la espera de resolución en la Cámara
Federal.
Las ausencias de Hooft
a los llamados a indagatoria fueron notificadas por el juez a la Secretaría
Permanente del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados y Funcionarios de la
Provincia de Buenos Aires, por “consistir su ausencia en un manifiesto
obstáculo para la prosecución de la causa”.
En cuanto a los antecedentes, de la causa, ésta
fue iniciada el 6 de marzo de 2006 por una denuncia del entonces secretario de
Derechos Humanos de la Nación, Eduardo Luis Duhalde. La denuncia contó con la adhesión de la Secretaría
de DDHH bonaerense y de representantes de las asociaciones de Abuelas y Madres
de Plaza de Mayo Línea Fundadora, de la Asociación de Ex Detenidos
Desaparecidos y de familiares de víctimas y la agrupación HIJOS.
>Hooft está imputado por su participación en 17 casos
con víctimas de homicidios, desapariciones, torturas y privaciones ilegales de
la libertad, entre los delitos más graves, perpetrados entre el 6 y el 13 de
julio de 1977, en el marco del episodio conocido como "La Noche de las
Corbatas".
Para la fiscalía, esos delitos no hubiesen
podido perpetrarse, o al menos no hubiesen contado con la garantía de impunidad
posterior, sin el aporte esencial prestado por el juez Hooft,
quien tramitando los hábeas corpus presentados en beneficio de las víctimas y
las causas en las que debieron investigarse las privaciones ilegales de la
libertad y los homicidios de algunas de ellas, proporcionó adecuada cobertura
judicial a los autores de tales hechos, evitando a la vez que los sucesos
fueran investigados en los estrados competentes.
La calidad y la cantidad de las infracciones
cometidas por Hooft permite inferir a la fiscalía que
no se trata de meros errores en la gestión judicial sino de tolerancia y/o
colaboración con las prácticas del aparato represivo del Estado.
Los miembros de la Fuerzas Armadas y de
seguridad, pero principalmente las autoridades de la Agrupación de Artillería
de Defensa Aérea 601, a cargo de la Subzona Militar
15, contaron con una garantía de impunidad que les brindó Hooft.
Al momento en que se sucedieron los hechos
conocidos como “la Noche de las Corbatas”, Hooft
era el juez de turno en el departamento judicial de Mar del Plata y, en ese
carácter, rechazó los hábeas corpus presentados en favor de Jorge Candeloro, Marta García de Candeloro,
Norberto Centeno, Hugo Alais, Camilo Ricci, Tomás Fresneda, Mercedes Argañaraz
de Fresneda, Carlos Bozzi y Salvador Arestín.
Puntualmente en el caso de Candeloro y en el de
Centeno el rechazo de hábeas corpus se produjo cuando aún estaba pendiente la
respuesta de las autoridades de la Subzona militar N° 15 en relación con esas víctimas.
Por otro lado, en el caso de Centeno, Alais, el matrimonio Fresneda, Bozzi
y Arestín, el juez Hooft tramitó además las causas en
las que debieron investigarse sus privaciones ilegítimas de la libertad, pero
en todos los casos se omitieron todas las medidas de instrucción que podrían
haber resultado útiles para el esclarecimiento de los hechos. Tampoco Hooft declinó la competencia a favor del fuero federal y,
transcurrido un mes y medio de los hechos, remitió las causas a la Subzona Militar N° 15 por
entender que se relacionaban con casos de supuesto origen subversivo. Es decir
que envió los expedientes para su investigación a la fuerza armada que había
secuestrado y tenía bajo su órbita de poder a las víctimas, lo cual ya fue
acreditado en dos juicios orales.
Es importante poner de resalto que a la fecha
de la remisión de los expedientes a las autoridades militares los abogados
estaban aún con vida sometidos a condiciones inhumanas de detención en el CCD
denominado “La Cueva”. Todas esas causas desaparecieron sin que
hasta hoy haya podido obtenerse información acerca de su destino.
A ello se agrega que, en relación puntual con
la detención ilegal de Ricci, Hooft
se comprometió a efectuar gestiones personales y el letrado fue liberado al día
siguiente, lo cual demuestra sus aceitados contactos con las estructuras del
Ejército que intervenían en la represión ilegal.-
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